Inviolabilidad de la Integridad Territorial y la Soberanía Argentina
Por Mario Mazzitelli
El gobierno nacional impulsa una ley de inviolabilidad de la propiedad privada. Desearía aclarar algunos conceptos, para luego observar asuntos específicos.

Propiedad privada. (I)
Aunque esos dos términos se han hermanado hasta producir un solo concepto, deseo analizarlos por separado.
Así, cuando hablamos de “propiedad” nos referimos a un conjunto de bienes concretos (el cepillo de dientes, la cama, un coche, una casa, un terreno, etc._) e intangibles (_tu nombre, tu imagen, tu marca, tu invento, etc.)
El aditamento “privada” indica que se “priva” a los demás (Estado, empresas, personas, etc.) de su uso, goce, explotación, etc. Salvo un permiso explícito. Es el derecho quien garantiza, protege, avala el uso exclusivo de la propiedad y a su disposición se debería encontrar el Poder Judicial, la policía…
Cuando este valor social (propiedad privada) lo observamos sobre los asuntos arriba señalados, nos resulta lo más natural del mundo. No queremos que cualquiera use nuestro cepillo de dientes, cama, coche, casa, nombre, imagen, etc. Por lo menos sin nuestro permiso. De manera que existe el derecho al uso exclusivo de determinados bienes por parte de un sujeto (individuo) privando a otros sujetos (_personas, organizaciones, Estado, etc.) de ejercer dominio sobre ellos.
A todas luces la propiedad privada funciona. Quien tiene ese derecho también se ocupa de mantener, acrecentar o mejorar sus propiedades. Nadie va a tener más interés que el propietario en tener su casa, su coche...en buenas condiciones.
La complejidad.
El asunto es que, cuando salimos de la pequeña escala todo se hace más complejo. Por ejemplo: cuando a Javier Milei le preguntaron ¿Qué sentido tenía privatizar las calles? Se perdió en un laberinto sobre las ventajas de la “propiedad privada de las calles”. Planteo usar un GPS y crear una red de “peajes invisibles” para cobrarle a quienes las transitan, conforme su uso. No solo la creación de esa “red invisible” sería un dispendio enorme de recursos, sino que encarecería todas las transacciones. Imagine que: al costo de ir a comprar el pan debería sumarle el peaje…claro que no tiene sentido.
Sabemos que las calles y las veredas son públicas. Pero ¿No pertenecen a nadie? En todo caso ¿A qué sujeto corresponden? En general, ese sujeto son los vecinos de un municipio, que han organizado su Municipalidad y desde ella mantienen, cuidan, amplían la infraestructura vial. Lo hacen con los recursos de la “Tasa de Servicios Generales”, coparticipación, etc. Algunos distritos son atravesados por rutas provinciales o nacionales, por analogía entendemos que el sujeto propietario es el pueblo de la Provincia y la Nación, que aborda su construcción o mantenimiento a través de los respectivos presupuestos.
Podríamos pensar en los sistemas de salud, educación, seguridad, etc. pero en homenaje a la simplicidad quedémonos con el ejemplo de la infraestructura vial. Al ser un bien publico, garantiza el derecho a transitar sin ninguna restricción, sin distinción de ninguna naturaleza (Económica, social, religiosa o racial) Si esto no ocurriera, la libertad menguaría en alta proporción. *La propiedad pública solo se le priva a quienes quieren dañarla.*
Las múltiples dimensiones de la propiedad privada.
En la batalla cultural sectores del gran capital nacional e internacional impulsan concepciones que tienden a crear la idea de la propiedad privada en manos de un individuo. Esta es la confusión que se ha extendido. Porque la propiedad privada, mayoritariamente tiene un carácter colectivo. Empecemos por algo pequeño: una casa que está inscripta como “bien de familia” (Régimen de Protección de la Vivienda) implica que el sujeto propietario es la familia (Hoy en día con múltiples formas) por tanto es una propiedad privada de dominio colectivo (Más allá del habitual jefe de familia, la pertenencia es colectiva, el sujeto propietario es la familia)
También las grandes empresas privadas suelen ser propiedad privada de dominio colectivo. Las Sociedades Anónimas (Mercado Libre S.A.; Banco Galicia S.A.; Telecom S.A.; Toyota, Coca Cola, etc.) tienen un capital fragmentado en acciones, en algunos casos con miles de tenedores; el sujeto propietario es la totalidad de accionistas. Es decir, muchos individuos.
El caso de YPF S.A. es aún más complejo. El propietario del 51% de las acciones es el Estado Nacional, una porción menor la tienen algunas provincias y otra parte accionistas, institucionales o individuales. Como se ve; cierto capital es al mismo tiempo estatal y privado. Mixto y múltiple. En todos los casos, privado a los sujetos que no tienen título alguno sobre la empresa.
La Argentina (II)
Nuestro país, en toda su extensión geográfica, también es propiedad colectiva y privada. El Pueblo de la Nación Argentina es el sujeto propietario que ejerce la soberanía sobre la totalidad del territorio. Desde ese poder soberano, a través de la CN, las leyes y las instituciones; otorgan el derecho de uso exclusivo a diversos propietarios con el correspondiente título. El problema de nuestros días es que una minoría de enormes propietarios (nativos y extranjeros) se insubordinaron contra el Poder constituido por el Pueblo. Por eso busca su desprestigio y desguace. Para volverlo impotente frente a esa minoría poderosa.
Sigo. El sujeto “Pueblo de la Nación Argentina” nació hace dos siglos. Es el heredero de un gran patrimonio, ganado en las batallas de nuestra independencia. Herencia distorsionada por una oligarquía que, haciendo abuso de la debilidad del Poder Popular, se apropió de buena parte de ese territorio. Así y todo, el Pueblo siempre fue generoso. Lo muestra en nuestra CN: “para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino". Pero advirtiendo que la Patria es un bien social, publico, colectivo; por eso nos comprometemos “a la defensa común”. “Defensa común” de potencias extranjeras, Estados, empresas o individuos que quieran apropiarse de porciones de nuestro país, con objetivos ajenos al bienestar general.
Que, además, políticamente alteran el poder interior de Argentina haciendo imposible el ejercicio de la Democracia. Lo decíamos en el libro “Nuestra Casa Robada”: La Democracia es una creación colectiva, una asociación de individuos libres que le da cuerpo y alma, a la Nación. Creando, en su dinámica histórica, un nuevo sujeto: un pueblo libre, dueño de su destino. También es dueño de su territorio. De allí deviene que el dominio primario y la propiedad soberana de los bienes naturales constitutivos de la Nación corresponden al Pueblo. (Aunque el artículo 124 de nuestra CN dice que “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”, también las habilita a “…crear regiones para el desarrollo económico y social…” Esa región debería ser la propia Nación en el marco de la Patria Grande) Por ahora, digamos que:
“La tierra, el agua, la flora, la fauna, los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de litio, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, el suelo, el subsuelo, el espacio aéreo, el espectro radioeléctrico, el mar, la plataforma marítima, las islas y los archipiélagos emergentes son pertenencias imprescriptibles e inalienables del Pueblo. De la propiedad común de estos bienes y las rentas emergentes; proviene la unidad de la Nación y el destino común”. Esto es lo que ataca el 1% más rico, incluso en alianza con el capital extranjero, para apropiárselo con la única ambición de acrecentar su poder.
El patrimonio de la humanidad.
Aquí el sujeto propietario es la humanidad. Se resguardan espacios naturales o creaciones artísticas para el bien de todos los seres humanos. Para quienes vivimos y para las próximas generaciones.
Por ejemplo: “Las aguas que se encuentran fuera de las jurisdicciones nacionales son consideradas Patrimonio Común de la Humanidad. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, nadie puede reclamar soberanía sobre ellas y los recursos (como minerales y pesca) deben ser utilizados en beneficio de toda la humanidad”. También pueden ser obras arquitectónicas, esculturas, pinturas monumentales, elementos arqueológicos, formaciones geológicas o biológicas excepcionales, áreas de especies animales y vegetales amenazadas. Las vacunas deberían ser patrimonio de la humanidad. Resarcir y honrar a quienes crean medicamentos, un deber. Pero su explotación privada circunscribiendo el uso, solo a quienes pueden pagar, resulta en un acto condenatorio. El ambiente también debería ser patrimonio universal. Detrás de cada patrimonio, siempre hay un sujeto.
Inviolabilidad de la propiedad privada
El proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, deja librado al mercado la venta y compra de tierras. No pone límites, salvaguardas o preserva espacios estratégicos. No solo conlleva la concentración de poder en los nuevos dueños de la tierra, también inducen a la desintegración territorial de Argentina.
La discusión deja de ser jurídica. Cuando la propiedad privada alcanza dimensiones capaces de alterar el control efectivo del territorio por parte del Estado, la cuestión pasa a ser un problema de soberanía nacional, un problema político. Lo venimos sufriendo con Joe Lewis en el Lago Escondido, entre otros.
Si dejamos que cualquiera pueda comprar tierras en esas condiciones; individuos y empresas extranjeras se verían tentados a hacerlo. Veamos algunas ofertas al día de hoy (21/07/26):
- Venta de un campo de 19.000 hectáreas, en perito Moreno, Lago Buenos Aires, RN 40, en USD 850.000.
- Venta de un campo de 80.000 has, en Santa Cruz. USD 5.000.000.
- Venta de campo de 6.000 Has con …privilegiada ubicación con más de 10 kilómetros de ribera a lo largo del río Chubut. USD 900.000
Solo con estos 3 ejemplos podemos apreciar que, con menos de 7 millones de dólares, se pueden adquirir 105.000 hectáreas en la Patagonia.
Cualquier aritmética que se haga demuestra que se pueden comprar tierras rurales al sur del paralelo 42, por muy poca plata. Si multiplicamos por 1.000 el dinero (7.000 millones de dólares) y por 1.000 la superficie analizada (105 millones de hectáreas -más del doble de las superficie de las provincias de Chubut y Santa Cruz) notamos que con poca plata se puede comprar un alto porcentaje de territorio. Hablamos apenas de ¼ de la riqueza de Peter Thiel. O menos del 1% de la fortuna de Elon Musk.
Otra manera sencilla de comprar podría ser con créditos hipotecarios. Bancos privados (respaldados por la Reserva Federal) le facilitan el dinero a ciudadanos particulares para que compren dichas tierras. Peor aún sería exigirnos el pago de la Deuda con tierras sureñas (Dinero por tierra. Estados Unidos compró Alaska -1.717.854 km- al Imperio Ruso, el 30 de marzo de 1867, por 7,2 millones de dólares)
La historia demuestra que, en determinadas circunstancias, la existencia de grandes intereses extranjeros sobre un territorio han sido el vehículo para presiones diplomáticas, extorsiones económicas e intervenciones militares. Hay que resguardarse estratégicamente.
Frente a las disputas geopolíticas de nuestra época, donde los bienes naturales, los alimentos, los recursos minerales y energéticos, las rutas marítimas, terrestres y aéreas, etc. pasan a jugar un papel existencial para las potencias más desarrolladas; vale pensar una hipótesis de conflicto. Prever para prevenir, debería ser una máxima de todo gobierno.
Imaginemos que, pasado un tiempo, nos encontramos con: un pequeño número de grandes propietarios extranjeros que entran en conflicto con el Estado argentino.
Cualquier excusa les vendría bien (Como ocurrió con Malvinas en 1832, que derivó en la ocupación Británica del 3 de enero de 1833) Esgrimiendo que son afectados sus derechos de propiedad, reclaman el socorro de un Estado protector (Por ejemplo: Estados Unidos ocupó, invadió y anexó más de la mitad del territorio de México para defender a sus colonos. Luego, para terminar la guerra, los mejicanos firmaron su derrota en el Tratado de Guadalupe Hidalgo, el 2 de febrero de 1848) Esa potencia militar podría justificar, en la defensa de la libertad y la propiedad privada, su intervención armada. Entonces, el plan se concretaría: apropiarse de la Antártida, el paso interoceánico, el mar argentino y la Patagonia. ¿Las Islas Malvinas? bien gracias!!
Nuestra Soberanía
Todavía gozamos de tener el dominio de nuestro territorio. No nos debería preocupar la presencia de pequeños propietarios extranjeros, porque se argentinizarían (como lo hace la inmensa mayoría de los inmigrantes) Sabemos que en el orden mundial nadie ve con buenos ojos que se alteren las fronteras ya consolidadas (eso juega a favor) Deberíamos actuar con sabiduría para que este tesoro que tenemos resulte fructífero para los argentinos y quienes quieran afincarse aquí. No será a través de concesiones indolentes como haremos progresar a nuestro país. Por eso y otras razones, el proyecto de Ley debe ser rechazado. Y si lograran imponerlo, habría que firmar un acuerdo entre las fuerzas nacionales para la derogación inmediata de esa Ley, apenas asuma un nuevo gobierno popular. Este patrimonio es de todo el Pueblo argentino. Privado, sí, a las apetencias y ambiciones subalternas. Es la Patria misma. Y la defensa común es el mandato constitucional y moral por el que debemos jurar.
"La inviolabilidad de la propiedad privada solo puede existir dentro de un orden superior: la inviolabilidad de la Nación. Sin territorio no hay soberanía; sin soberanía no hay Constitución; sin Constitución tampoco hay propiedad privada. Por eso, antes que cualquier derecho patrimonial, la República debe preservar la integridad territorial que hace posible todos los demás derechos."
Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir
¡Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir!
Comentarios
- Sé el primero en comentar esta noticia.
21 de julio de 2026

